Santiago de Cuba, 14 oct.— En Santiago de Cuba comenzó la preparación de los trabajadores por cuenta propia sobre las nuevas normas que implementan la política para el perfeccionamiento de esta forma de gestión no estatal y su sistema de control, que fueron anunciadas el pasado 10 de julio y entrarán en vigor 150 días después de su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 35.
El trabajo por cuenta propia ha facilitado el proceso de reordenamiento laboral en Cuba iniciado desde el 2009. Esta actividad contribuye crear empleos y a liberar al Estado paulatinamente de actividades no fundamentales para concentrarse en aquellas estratégicas o trascendentes para la nación.
De ahí la importancia de implementar nuevas regulaciones para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia que no permitan desviaciones al fisco.
Así lo recoge la Gaceta Oficial número 35, que contempla varias normas, decretos y resoluciones complementarias de organismos que conforman las nuevas disposiciones jurídicas y prácticas tributarias.
Mediante la nueva normativa no se produce la desaparición de ninguna de las 201 actividades de trabajo por cuenta propia hoy existentes, sino que las mismas quedarán unificadas en 123 actividades producto a la agrupación de 96 de ellas en 28.
Un ejemplo de esto lo constituye la agrupación de 7 actividades bajo la denominación de servicios de belleza, que contempla las actividades hoy independientes: manicura, peluquería, barbería, masajista, peluquería tradicional, peluquera peinadora de trenzas y maquillista; así como trabajador doméstico y lavandero–planchador en la actividad de servicios domésticos, entre otros.
Aunque no se produce la desaparición de ninguna de las 201 actividades del sector, al quedar unificadas pasarán del régimen simplificado al general o viceversa.
Actualmente nuestros contribuyentes tributan conforme a uno de los siguientes tipos de regímenes: el Simplificado ó el General, en dependencia a las actividades que desarrollen, así como a la cantidad de trabajadores contratados que posean. Ante las nuevas regulaciones de las 28 actividades de trabajo por cuenta propia reordenadas, 14 tributarán de acuerdo al Régimen General y los 14 restantes al Régimen Simplificado.
Consecuentemente dos de las actividades pertenecientes al Régimen General pasarán al Simplificado: Fundidor de Metales y Productor Vendedor de artículos Fundidos. Mientras que 11 actividades del Régimen Simplificado pasan al Régimen General, siendo éstas: Reparador de Baterías automotrices, Limpiador y comprobador de Bujías, Cerrajero, Fregador-engrasador de equipos automotores, Ponchero, Mecanógrafo, Tenedor de libros, Instructor de automovilismo, Oxicortador, Peluquera Peinadora de Trenzas y Masajista.
Como parte de la implementación que entrará en vigor a partir de diciembre, los trabajadores de la Oficina de Administración Tributaria realizan un proceso de capacitación de los cuentapropistas santiagueros a través de talleres y conferencias.
Yudith Hechavarria, la Jefa del Departamento de Asistencia al Contribuyente comentaba que en Santiago de Cuba hasta el momento se han impartido 83 seminarios a los cuales han asistido la totalidad de los contribuyentes.
Las nuevas regulaciones abarcan varias aristas en el sector cuentapropista, con el objetivo fundamental de atemperar y organizar en conformidad con las actuales condiciones económicas, políticas y sociales existentes en nuestro país.
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