Plaza de la revolución

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viernes, 7 de diciembre de 2018

Santiago y las nuevas regulaciones sobre la propiedad industrial

Nuevas normativas relacionadas con la propiedad industrial entran en vigor en el país a partir de hoy, e incluye a los trabajadores por cuenta propia. La política garantiza la protección, gestión y comercialización de bienes y servicios, así como el reordenamiento territorial. 


Por Kenia Tabares Robles/Foto: José Vladimir Pérez García

Santiago de Cuba, 7 dic.— En la oficina de propiedad industrial, con sede en Megacen y cita en la calle Carnicería, entre Enramadas y San Gerónimo hay mucho movimiento por estos días. Las especialistas atienden las solicitudes de los interesados en dicha materia.

Informaciones preliminares indican que los trabajadores por cuenta propia (TCP) superan el número de expedientes procesados en el año, aunque no cumplen con las expectativas.

No obstante, en entrevista con la MSc. Zulema Cutiño Oliva, Especialista en Propiedad Industrial se conoció que a partir de hoy entran en vigor una serie de normativas plasmadas en el Decreto Ley 356 del presente año, sobre el ejercicio del trabajo por cuenta propia. Justo en el artículo número 13 se define que “el contenido de los carteles que utilicen (estos gestores) debe corresponderse con la actividad que realizan. En los casos que empleen nombres comerciales, complementarios o diferentes al de la actividad autorizada, el interesado está obligado a registrarlo en la Oficina Cubana de Propiedad Industrial (ONPI)”.

Las normativas defienden con un respaldo legal los derechos de marcas y signos distintivos de los productos y servicios que ofrece a la población este sector de la economía nacional.

En tal sentido Cutiño Oliva declaró que son beneficiosas y saludables las mencionadas normativas, teniendo en cuenta que “cada establecimiento puede tener su signo distintivo para diferenciarse en el mercado. Es importante que los comercios y las actividades se reconozcan con una marca o nombre comercial”.

Se ha dispuesto que “tanto los negocios que ya tienen ubicados sus carteles como en los nuevos que surjan, el término de un año para inscribir su propuesta en la ONPI. De no legalizarlo durante este período deben retirar dicho cartel y sólo podrán utilizar el nombre genérico de su actividad: cafetería, hostal, restaurante, relojería, etc.”, afirmó la también abogada.

Las medidas son importantes teniendo en cuenta que hoy existen establecimientos que duplican nombres y símbolos empleados en el mercado nacional y extranjero. Y aunque pululan diseños muy creativos en cientos de establecimientos, otros tienen vestigios de desconocimiento. Por eso es necesario orientarse y proteger el patrimonio de cada uno.

La marca tiene una cualidad especial, es única y siempre está asociada a un producto o servicio. En la publicidad es esencial para posicionarse en el mercado. De ahí la necesidad de aprender a utilizar esta protección jurídica que ampara logotipos, rótulos de establecimientos, nombres y lemas comerciales.

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