Plaza de la revolución

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jueves, 15 de diciembre de 2011

Amplia repercusión en Santiago de Cuba del Decreto Ley 288, referido a la transmisión de propiedad de viviendas

Rosana Pascual de la Cruz
Legalizar el proceso de transmisión de propiedad de viviendas, fue uno de los acuerdos que se materializó como parte del reordenamiento del modelo económico y social cubano, posterior al Sexto Congreso del Partido. 

El pasado 10 de noviembre fue puesto en vigor el Decreto Ley 288, así como varias resoluciones ministeriales complementarias referidas a este particular. Esta nueva ley encontró en el pueblo santiaguero como en toda la isla, una gran aceptación. El mejor indicador: la gran afluencia diaria de público a las notarías de la ciudad, en busca de orientación y trámites de esta naturaleza. Así nos comenta la Dra. Eva Miller, especialista de la Notaría San Pedro.

(…) Lo cierto es que después del 10 de noviembre que se puso en práctica el Decreto Ley 288, la afluencia de público a la notaria ha sido bastante. Sobre todo con la subsanación de los títulos de propiedad para iniciar los trámites de compraventa y donación de viviendas.
Aún así, como todo proceso legal, el Decreto Ley 288 no está exento de las molestias que propiamente puede suscitar en la población. Actualmente algunas personas interesadas manifiestan su inconformidad con la demora para ser atendidos, así como con las pocas condiciones que poseen algunas notarías, en las cuales hacen estancia por amplio espacio de tiempo. Pero todo tiene una explicación, asegura la Dra. Miller:

(…) Hoy por hoy la provincia cuenta con una cantidad de notarios que no son suficientes para la cantidad de trámites que está solicitando la población, y resulta engorroso en el horario de la mañana, atender a esa cantidad de público. Los notarios que estamos en existencia no son suficientes, y todas las personas lamentablemente no pueden ser atendidas como ellos quisieran. La solución que hemos tenido es ampararnos en los recién graduados en derecho, para que al menos esas personas que no reciben un turno con el notario, sean atendidos en la tramitación de los documentos que deben presentar. 

Las nuevas normas jurídicas tienen como objetivo flexibilizar todos los trámites relacionados con la transmisión de la vivienda, a la vez que contribuye a un reacomodo voluntario de los espacios habitables entre las personas. No debe olvidarse entonces que es un proceso nuevo, por demás perfectible, y sumamente necesario.

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