Por María de Jesús Chávez Vilorio/Sierra Maestra
Santiago de Cuba, 28 feb.— La Oficina de la Administración Tributaria (Onat) de Santiago de Cuba informa que los contribuyentes que realicen su Declaración Jurada correspondiente a 2018 hasta hoy 28 de febrero del presente año, recibirán por ley un beneficio fiscal: esto es, que se les eximirá del pago del 5% del importe si la cuenta da “a pagar”; y dicho beneficio será del 20% a todos los propietarios de vehículos por el pago del impuesto sobre Transporte Terrestre.
La Campaña de Declaración Jurada (DJ) y pago de tributos de liquidación del Impuesto sobre Ingresos Personales comenzó el pasado 8 de enero y se extiende de forma voluntaria hasta el 30 de abril del presente año. Están obligados a su presentación los contribuyentes que ejercen actividades del trabajo por cuenta propia del Régimen General de Tributación por los ingresos obtenidos en el período fiscal 2018, inscritos antes del primero de septiembre de 2018 (TCP, Transportistas y Arrendadores). En nuestro territorio existen unos 10 820, de los cuales solo han declarado hasta la fecha 2 317, comentó a Sierra Maestra la Onat Provincial de nuestro territorio.
Para el resto de las figuras serán los activos al cierre del 31 de diciembre de 2018 como sigue: los artistas que hayan presentado declaración jurada en 2017 y 2018, trabajadores de sucursales extranjeras, comunicadores sociales y diseñadores, de acuerdo con las conciliaciones que se realizaron en el mes de diciembre de 2018, y sector agropecuario a partir de los listados entregados por las Delegaciones de la Agricultura.
La Administración Tributaria recomienda a los contribuyentes llenar los datos generales en las DJ correctamente, ubicando además la información en la casilla correspondiente, y debidamente autenticadas con su firma. Deben ser depositadas en los buzones habilitados en las oficinas municipales de la Onat, quedándose con una copia que deben conservar por el término de cinco años; y cuando el resultado sea a pagar, efectúen el pago a través del vector fiscal en cualquiera de las oficinas bancarias.
La Onat exhorta a presentar la Declaración en el período voluntario, ya que de no hacerlo incurren en incumplimiento de obligaciones tributarias y deberes formales que implican sanciones consistentes en multas fiscales y recargos por mora.
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