Por PL
La Habana, 19 abr.— Los cubanos acuden hoy a las urnas en primera vuelta para elegir a los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular.
La Habana, 19 abr.— Los cubanos acuden hoy a las urnas en primera vuelta para elegir a los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular.
La segunda vuelta -según el cronograma
de la Comisión Electoral Nacional- está prevista para el 26 de abril
próximo en los lugares donde no se alcanzó la votación requerida por uno
de los candidatos.
El voto en Cuba sigue siendo hoy un derecho y un deber cívico y, a diferencia de otros países, no constituye una obligación jurídica, cuyo incumplimiento derive responsabilidad.
En la isla el sufragio tiene asiento constitucional y todos los ciudadanos mayores de 16 años de edad pueden acceder a el, siempre que no estén comprendidos en los casos de incapacidad que regulan la propia carta magna y la Ley Electoral. Los procesos electorales en la isla alcanzan altos niveles de votación, lo cual significa una real y efectiva participación ciudadana en la conformación de la democracia.
La Ley Electoral específica que tendrán pleno derecho al voto todos los individuos residentes de manera permanente en la nación por un período no menor de dos años antes de las elecciones.
La edad constituye uno de los criterios universales para determinar el elector, pues esta debe suponer la madurez de la persona que le permita estar en condiciones de formular una decisión política.
En Cuba se equipara a la edad en que se puede asumir la defensa del país, que es también la edad penal, o sea, aquella en que se adquiere responsabilidad por los actos en ese campo del derecho.
Asimismo, en el proceso de elecciones a delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular el voto se caracteriza por ser libre, igual, directo, nominal, preferencial y secreto.
En los comicios de este tipo que se efectuarán este domingo, del total de habitantes en Cuba tienen el derecho al sufragio ocho millones de personas en 24 mil 646 colegios electorales en 12 mil 589 circunscripciones.
El voto en Cuba sigue siendo hoy un derecho y un deber cívico y, a diferencia de otros países, no constituye una obligación jurídica, cuyo incumplimiento derive responsabilidad.
En la isla el sufragio tiene asiento constitucional y todos los ciudadanos mayores de 16 años de edad pueden acceder a el, siempre que no estén comprendidos en los casos de incapacidad que regulan la propia carta magna y la Ley Electoral. Los procesos electorales en la isla alcanzan altos niveles de votación, lo cual significa una real y efectiva participación ciudadana en la conformación de la democracia.
La Ley Electoral específica que tendrán pleno derecho al voto todos los individuos residentes de manera permanente en la nación por un período no menor de dos años antes de las elecciones.
La edad constituye uno de los criterios universales para determinar el elector, pues esta debe suponer la madurez de la persona que le permita estar en condiciones de formular una decisión política.
En Cuba se equipara a la edad en que se puede asumir la defensa del país, que es también la edad penal, o sea, aquella en que se adquiere responsabilidad por los actos en ese campo del derecho.
Asimismo, en el proceso de elecciones a delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular el voto se caracteriza por ser libre, igual, directo, nominal, preferencial y secreto.
En los comicios de este tipo que se efectuarán este domingo, del total de habitantes en Cuba tienen el derecho al sufragio ocho millones de personas en 24 mil 646 colegios electorales en 12 mil 589 circunscripciones.
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